Información Programa
El Programa consiste en incentivos a la demanda interna, a personas mayores de 65 años residentes en la Comunitat Valenciana, de servicios turísticos prestados en periodos de temporada baja, buscando con ello hacer frente a un problema estructural del sector como es la estacionalidad.
Info. General
Para residentes en la Comunidad Valenciana mayores de 65 años
Período de disfrute:
14 de octubre de 2024 al 20 de diciembre de 2024
*
Estancias entre 5 y 10 noches en régimen de media pensión.
Inscripción
1
Completar la inscripción tras cita previa
2
Revisión de documentación => posición en lista de espera
3
Asignación de código promocional
4
Realizar reserva en empresa adherida
5
Recepción de la resolución y concesión de ayuda
Asignación Códigos
A partir de septiembre de 2024 se empezará a asignar códigos promocionales
Se hará sucesivamente en cada período de uso en función de la disponibilidad de presupuestos, por lo que puede que se reciba más adelante
Una vez recibido el código, se debe realizar la reserva en el plazo de 10 días hábiles para disfrutar de los servicios turísticos bonificados dentro del mismo período de uso en el que se ha recibido el Código
Importante
Solo se podrá realizar una solicitud por persona
Una vez asignado un código promocional para uso del bono, se deberán reservar los servicios turísticos para disfrutarlos dentro del período de uso (10 días hábiles)
Leer la resolución y la instrucción para conocer las condiciones concretas de uso de estas ayudas
Inscripción en el Programa - Personas Beneficiarias
IMPORTANTE: Inscripción en dos fases:
1. Solicitud cita previa (no necesaria firma electrónica).
Se inicia a las 09:00 horas del 23 de septiembre de 2024.
2. Realización de la inscripción (requiere certificado electrónico y firma electrónica).
Necesario adjuntar certificado de empadronamiento.
Único plazo ininterrumpido de inscripción desde las 9 horas el 23 de septiembre de 2024 al 27 de noviembre de 2024.
El orden de personas inscritas en el Programa viene determinado por la fecha de solicitud de cita previa (trámite uno).
A efectos fiscales, el importe de la subvención es un incremento patrimonial, que tributará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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